Cambios Importantes en los Derechos de los Trabajadores del Hogar.
Desde el Real Decreto-ley 16/2022 del 6 de septiembre, la realidad de los empleados del hogar ha cambiado drásticamente. La igualdad de derechos se ha establecido para los trabajadores del hogar, equiparando sus derechos a los de los trabajadores contratados por cuenta ajena.
Los derechos de los trabajadores del hogar son:
- Un salario mínimo para 40 horas a la semana no debe de ser inferior al SMI (Salario Mínimo Interprofesional), es decir 1.080 € mensuales en 14 pagas. Si se prorratea el salario en
12 pagas, éste no debe de ser inferior a 1.260 € mensuales.
Para los contratos a tiempo parcial corresponde la parte proporcional del salario (ejemplo: para una jornada de 20 horas a la semana el 50 % del SMI). El salario en especie no puede ser superior al 30 % del SMI y no podrá cobrar en metálico menos del SMI. - 30 días de vacaciones retribuidas en el año. 15 días serán consecutivos y a elección del trabajador y el resto a elección del empleador. También se tendrá derecho a días festivos y los permisos que establezca la legislación vigente.
- El contrato de trabajo debe formalizarse por escrito y, si es verbal, se presume que el contrato es indefinido y a jornada completa (40 horas a la semana).
- El periodo de prueba pactado en el contrato no podrá ser superior a 2 meses. Durante este periodo cualquiera de las dos partes podrá resolver la relación laboral simplemente alegando que no ha superado la prueba y sin indemnización alguna.
- Desde el 1 de octubre de 2022 se viene cotizando al desempleo por los empleados de hogar. Esto implica que cuando se tenga un año.